Aspectos importantes en el Cálculo de Finiquito de Jubilación Patronal

Aspectos a tomar en cuenta para el Cálculo de Finiquito de la Jubilación Patronal:

  • El monto de la pensión mensual vitalicia y del fondo global no son negociables.
  • La forma de pago, en términos de tiempo/plazos, tampoco es negociable.
  • La obligación de pago del beneficio de Jubilación Patronal es la pensión mensual vitalicia. Sin embargo, de existir el acuerdo previo de las partes, (empleador/trabajador) se pagará el fondo global.
  • Cuando por mutuo acuerdo entre las partes se va a pagar el monto del fondo global, se debe legalizar el pago a través de un acta de finiquito de Jubilación Patronal ante un notario o mediante el Ministerio del Trabajo. Esto también aplica para pagos de pensión mensual vitalicia.
  • No se debe confundir la jubilación patronal con la jubilación ordinaria que otorga el IESS (Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social) por vejez. La metodología de cálculo, forma de pago y proceso de legalización son distintas.
  • Cuando ha transcurrido algún tiempo desde que se realizó el cálculo del finiquito de Jubilación Patronal y no se ha procedido con el pago, se deben reconocer los rubros impagos (pensiones, décimo tercer y cuarto sueldos) más un recargo adicional en concepto de intereses.
  • El ex trabajador que ha renunciado voluntariamente teniendo un tiempo de servicio comprendido entre veinte y menos de veinticinco años, pierde el derecho a recibir el beneficio de Jubilación Patronal.
  • Todo pago por concepto de Jubilación Patronal es deducible de impuestos.
  • Si un trabajador activo con veinte o más años de servicio fallece estando en relación de dependencia, pierde el derecho a recibir el beneficio de Jubilación Patronal.
  • Si la empresa decide pagar la Jubilación Patronal mediante pensión mensual vitalicia y el beneficiario fallece, la empresa/patrono debe pagar un año completo de pensiones y beneficios adicionales a sus beneficiarios.
  • Los coeficientes actualizados de la renta vitalicia se los pueden revisar en la página del Ministerio del Trabajo.
  • La pensión mensual vitalicia de Jubilación Patronal calculada no podrá ser mayor a la remuneración básica unificada media del último año del ex trabajador. Este techo en la pensión no hace referencia a la remuneración básica unificada mínima.

Para un jubilado en curso de pago, el valor de la décimo tercera remuneración es igual al monto de la pensión mensual vitalicia y la décimo cuarta remuneración es igual a la remuneración básica unificada mínima del año en curso

Luego de que el cálculo realizado por ACTUARIA es aceptado por las partes, se debe proceder a realizar el acta de finiquito respectiva, misma que deberá ser legalizada ante la autoridad administrativa competente o ante notario tal como lo contempla el Código de Trabajo en vigencia.

La legalización del trámite ante un notario ahorra tiempo para la empresa y evita futuros inconvenientes que se pudieren presentar sobre todo con el ex trabajador. Una vez legalizada el acta ante un notario, el empleador entregará el cheque respectivo al ex trabajador en el caso del pago de un fondo global, caso contrario las partes quedarán de acuerdo en la modalidad de pago del monto mensual. ACTUARIA junto con su aliado estratégico ANKLA SOLUCIONES CORPORATIVAS, clic aquí, ofrece los servicios de asesoría legal y acompañamiento en el trámite. 

Para concluir, el documento debidamente legalizado constituye el acuerdo entre las partes quienes no podrán presentar futuras reclamaciones por este concepto.

 

Autores: Paúl Salazar, consultor ACTUARIA y María Beatriz Ibarra, abogada ANKLA. 



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Author: ACTUARIA
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24 comentarios

  • Gustavo Reinaldo Orellana Ochoa

    Gracias por despejar algúnas interrogantes

  • Maritza

    Buenos días, cuánto tiempo se demora el empleador entregar el cálculo global de la jubilación patronal al trabajador realizándolo por medio de su compañía, gracias por su atención

    • ACTUARIA

      Estimada Maritza,

      El plazo aproximado de entrega del cálculo de jubilación patronal es de ocho (8) días laborales una vez entregada la información por parte de la empresa.

      Gracias por escribirnos, estamos a las órdenes

  • Luis Pachacama

    Buenos dias xfavor me puede informar cuanto tiempo tengo q esperar para k la empresa me page mi jubilacion patronal por despido intempestivo luego de q la empresa realizo el tramite y ya recibio la respuesta de dicho tramite gracias.

    • ACTUARIA

      Estimado Luis:

      El pago tanto de la liquidación como de la jubilación patronal debe ser inmediato a la fecha de desvinculación laboral.
      Gracias por escribirnos, estamos a las órdenes

    • Manuel Villalva

      Mi padre se acogió al despido por desahucio el 2 de febrero del 2017 en la q le dieron 8.064 de bonificación y quedó recibiendo un mensual de 354 dólares falleció el 1 de febrero del 2021 cuál es el trámite a realizar para que se le sea cancelado el dinero por jubilacion

      • ACTUARIA

        Estimado Manuel,
        El Código del Trabajo establece lo siguiente: Si falleciere un trabajador que se halle en goce de pensión jubilar, sus herederos tendrán derecho a recibir durante un año, una pensión igual a la que percibía el causante, de acuerdo con las “Disposiciones Comunes” relativas a las indemnizaciones por “Riesgos del Trabajo.
        Gracias por escribirnos, estamos a las órdenes

  • Alfonso

    tengo jubilacion patronal 6 anos cuando me jubile nunca me entregaron un documento del calculo de actuaria ahora que lo pido no aparece por ningun lado ni la empresa ni la actuaria que puedo hacer para tener ese documento

    • ACTUARIA

      Estimado Alfonso:

      Usted debió haberse jubilado en base a un cálculo actuarial que debe reposar tanto en los archivos del empleador y debieron haberle entregado una copia.
      Gracias por escribirnos, estamos a las órdenes

  • Rodrigo

    ¿Para el cálculo del monto del fondo Global, utilizan la base indicada en el acuerdo ministerial 2016-0099?

  • Cindy moreira

    Una consulta si él colegio donde mi mama trabajo durante 20 años cierra ella ya no puede jubliarse patronalmente

    • ACTUARIA

      Estimada Cindy,

      Efectivamente, si su madre no cumple aún con los años de servicio que exige el Código del Trabajo no podría acceder al beneficio. Hay que tomar en cuenta que el beneficio se da para aquellos trabajadores con más de 25 años con el mismo empleador o de forma proporcional aquellos trabajadores que hayan sido despedidos y que contaban entre 20 a 25 años de servicio.
      Gracias por escribirnos, estamos a las órdenes

  • Shirley

    Buenas tardes. Gracias por despejar ciertas dudas. Una pequeña consulta: si un trabajador ya aceptó frente al notario el pago de su jubilación patronal mensual, y ha cobrado esta durante 6 meses, pero el valor que recibe es equivalente a 25 años y no a los 30 que trabajó, ¿puede el trabajador demandar el pago proporcional de los 5 años que no tomó en cuenta el empleador? Porque el CT dice que “el acuerdo entre las partes que conste en acta notarial extinguirá la obligación del empleador”. Gracias por su amable atención de antemano.

    • ACTUARIA

      Estimada Shirley,

      Usted podría solicitar a la empresa que realice un cálculo actuarial actualizado para que tome en cuenta los 30 años de servicio y por ende se vea modificada el valor de la pensión a recibir.
      Gracias por escribirnos, estamos a las órdenes.

  • Vicente Juanito castillo castillo

    Buenas noches la compania donde trabajaba por 24 años 6 meses me hizo despido intespestivo ….cuanto me tocaría la jubilación patronal

  • Leydi Liliana Campoverde Alvarado

    Buenos días que trámite se debe realizar para que la persona jubilada reciba el monto global del cálculo gracias

    • ACTUARIA

      Estimada Leydi,

      El trabajador debe presentar a su empleador la solicitud para el pago de fondo global. El empleador puede aceptar o negar esta solicitud pues la obligación es el pago de la pensión mensual.
      Gracias por escribirnos y estamos a las órdenes.

  • Andrea

    Buenas tardes, mi padre falleció hace 10 años y se jubiló hace 13 años, nunca mi madre tramitó su jubilación patronal por desconocimiento. Mi madre, ahora desea solicitarlo, ¿cómo lo puede hacer? Gracias.

  • Katty

    Buen dia, una consulta.
    Un trabajador que laboro durante 34 años en una institución sin fines de lucro y con 65 años de edad que se acoge a la renuncia voluntaria solicito su jubilación respectiva.
    Los rubros a recibir por parte de la empresa seria la liquidación de haberes, jubilacion patronal y jubilacion IESS?
    Es correcto, que tramites debería realizar en el MT para culminar con la situacion, ya que han pasado varios meses desde su separación. Existe alguna multa para la empresa?

    • ACTUARIA

      Estimada Katty,
      Efectivamente, una vez finalizada la relación laboral, el empleador debe realizar el acta de finiquito en el SUT y cancelar los valores al empleado. Adicionalmente, el empleador debe cancelar la jubilación patronal dependiendo del acuerdo de las partes, es decir si se va a cancelar una pensión mensual o fondo global. Por último, el empleado debe tramitar su jubilación del IESS de forma personal y directa.
      Gracias por escribirnos, estamos a las órdenes

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