¿Sabías que para 2020 y 2021 existe un nuevo tipo de gasto deducible para el Impuesto a la Renta?
- febrero 5, 2021
- Publicado por: ACTUARIA
- Categorías: Artículos de Interés, Marco Legal, Noticias de Actualidad

De acuerdo a la disposición transitoria décima tercera de la Ley de Apoyo Humanitario vigente desde el 22 de junio de 2020, para los años 2020 y 2021, los ecuatorianos podrán deducir un nuevo gasto personal para la declaración del impuesto a la renta, incluso las personas naturales con ingresos superiores a lo fijado en la ley ($100,000). Hasta el 2019, los gastos deducibles hacían referencia a:
- Salud
- Educación, arte y cultura
- Alimentación
- Vivienda
- Vestimenta
Sin embargo, para los años 2020 y 2021 se sumaría un nuevo gasto personal por turismo interno. Esta categoría se comportará de la misma manera que el resto de gastos personales a la hora de calcular el valor a pagar de impuesto a la renta, con un límite de $3,677.38 para 2020 y $3,643.90 para 2021; sin incrementar los límites totales máximos a deducir de $14,709.50 y $14,575.60 para estos años.
Esta modificación de los gastos deducibles viene de la mano con el intento del Gobierno por reactivar la economía del Ecuador y de paso el sector turístico, incentivando a las personas a realizar viajes internos para que visiten atractivos turísticos del país, y como recompensa podrán deducir estos valores comprendidos por: costos de transporte, pago de paquetes turísticos, acceso a parques de atracciones, pasajes de avión, pago de hoteles, entre otros.
ACTUARIA pone a su disposición, el simulador para el cálculo del Impuesto a la Renta, el mismo que se encuentra actualizado con esta última modificación del nuevo gasto personal por turismo interno para los años 2020 y 2021.
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Autor: Santiago Armijos, consultor