Una decisión complicada: la visión del jubilado

Para muchos trabajadores en relación de dependencia que se encuentran en edad de jubilación, para el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), es decir que tienen 60 años de edad y 30 años de imposiciones, con seguridad se puede afirmar que existe un cuestionamiento que les ronda la cabeza más de una vez al día: ¿Es un momento adecuado para jubilarme y gozar del fruto de mi trabajo o continúo trabajando unos años más? El siguiente análisis tiene como objetivo responder esta pregunta.

El presente documento contempla algunos supuestos de cálculo para generalizar de mejor manera los resultados:

  • La remuneración utilizada es de US$ 905.00 dólares: resulta del análisis de los datos históricos que ACTUARIA maneja de la remuneración promedio entre hombres y mujeres de una muestra importante de empresas del Ecuador;
  • Tasa de incremento salarial: equivalente al 1.50% anual tanto para el sueldo anual del caso de evaluación como para el Salario Básico Unificado Medio;
  • Sexo del caso propuesto: masculino;
  • Edad: 60 años;
  • Tiempo de servicio: 30 años. Adicionalmente se asume que el empleado ha trabajado con el mismo empleador de manera continua;
  • Fecha de cálculo: 31-diciembre-2020 con proyección a 31-diciembre-2025;
  • Utilidades anuales: equivalente a un salario mensual;
  • Vacaciones anuales: pagaderos únicamente los días adicionales de acuerdo al Código del Trabajo vigente.

Para dar respuesta a la pregunta planteada, se analizarán los ingresos anuales, que un trabajador con las condiciones mencionadas anteriormente, tendrá una vez que se haya jubilado patronalmente y del IESS en contraposición con los ingresos que percibiría anualmente si decide trabajar otro año más en relación de dependencia. De esta manera podremos analizar numéricamente cual es el mejor escenario.

Antes de revisar los resultados, es importante aclarar que la jubilación patronal únicamente depende de los años de servicio como requisito para acceder al mismo, de acuerdo a lo siguiente:

  • Los trabajadores que hayan sido despedidos intempestivamente (únicamente) con un tiempo de servicio comprendido entre 20 y menos de 25 años de servicio, tendrán derecho a la parte proporcional del beneficio;
  • Aquellos empleados con 25 años o más de servicio sin importar el motivo de salida, accederán al 100% del beneficio.

Por otro lado, el IESS plantea los siguientes requisitos para que los afiliados tengan acceso al beneficio de la pensión vitalicia ordinaria por vejez: https://www.iess.gob.ec/es/web/guest/jubilacion-ordinaria-vejez

Una vez aclarados todos los puntos, se presentan los resultados en el siguiente cuadro resumen: https://actuaria.com.ec/wp-content/uploads/2020/09/Analisis-Comparativo.pdf

Las conclusiones del análisis se presentan a continuación:

  1. El caso de revisión muestra que la suma de los ingresos anuales como jubilado (patronal + IESS) en todos los años son más altos que los ingresos netos en relación de dependencia. Es importante tomar en cuenta que el trabajador al pasar a la condición de jubilado, deja de aportar al IESS el 9.45% como concepto de aporte personal, lo que constituye un ahorro anual significativo.
  2. Los ingresos supuestos de las utilidades reflejan un valor medianamente considerable, lo que en la realidad puede ser que no ocurra para la mayoría de casos en el Ecuador. Una gran parte de empresas a nivel nacional generan valores muy bajos por este rubro, lo que generaría que los ingresos anuales de un trabajador en relación de dependencia sean más bajos aún.
  3. Los casos de doble jubilación (patronal + IESS) constituyen situaciones atractivas, ya que al año el jubilado recibe cuatro pensiones adicionales por 13er y 14to sueldos. Dos por cada beneficio adquirido, por lo tanto cuatro pensiones adicionales en total al año.
  4. La tasa de reemplazo promedio entre los ingresos como jubilado y los ingresos en relación de dependencia es igual a 102%, lo cual es muy bueno considerando que el beneficiario ya no trabajaría por pasar a ser jubilado.
  5. En un escenario hipotético, si no se consideran los ingresos anuales por el concepto de jubilación patronal y solo se toman los ingresos por jubilación del IESS, la tasa de reemplazo promedio comparando con los ingresos en relación de dependencia sería del 73%, un valor significativo aún si consideramos que el jubilado ya no aporta el 9.45% al IESS.
  6. Sin lugar a dudas, los gastos personales de los trabajadores relacionados directamente con el empleo, como transporte, alimentación, vestimenta, etc. pueden llegar a ser más altos que los de los jubilados.
  7. Desde el punto de vista de las empresas, es bueno también promover la sucesión de carrera en empleados con edades avanzadas, debido a que seguramente hay otros colaboradores con iguales o mayores capacidades que pueden aportar a la organización.

Adicionalmente es imprescindible realizar un breve análisis de la situación actual del IESS. Como es de conocimiento público, el IESS atraviesa una época sostenida de desequilibrio entre sus ingresos y gastos, lo que ha generado un serio problema de liquidez y solvencia del fondo necesario para pagar a sus jubilados. A esto se suma el gran problema de confianza que esta entidad ha generado entre sus afiliados. En las condiciones actuales, sería óptimo acceder lo antes posible a la jubilación ordinaria por vejez, ya que es muy incierto que el IESS cambie en el corto plazo las condiciones de los requisitos para acceder a dicho beneficio, como aumentar los años aportaciones o la edad de jubilación.

Finalmente, si un empleado en condiciones óptimas supo administrar sus ingresos de manera adecuada, dando la respectiva importancia al ahorro mensual, podría tener un fondo constituido importante para su vejez adicional a los ingresos mensuales por concepto de pensiones jubilares. Lo que facilita un poco la decisión final, ya que la misma persona no solo tendría mayores ingresos anuales como jubilado, sino que ya no deberá trabajar. Es decir que podría invertir mucho más tiempo para gozar de los frutos de sus esfuerzos.

Autor: Paúl Salazar



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